La nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, introduce en el ordenamiento jurídico español, importantes novedades derivadas de la transposición de las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, incluyendo otras orientadas a actualizar el régimen jurídico de la contratación pública. Uno de los sectores materiales con modificaciones más relevantes es sin duda el relativo a los efectos de los contratos, su cumplimiento y extinción, incluidas la regulación de la cesión y de la subcontratación.
La nueva Ley de Contratos del Sector Público, ha venido a introducir numerosas novedades en la regulación actualmente vigente en materia de efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos en su Libro segundo, título I, capítulo 1, sección 3.
Aunque en los artículos relativos a los “efectos de los contratos” stricto sensu no hay modificaciones (artículos 188 y 189 Ley 9/2017), sí se incluyen novedades en materia de prerrogativas de la Administración Pública. Así, por ejemplo:
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