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abril 9, 2021

La Profesión

INFORMACIÓN DE BOLETINES

abril 9, 2021

En el boe del 9 de abril se publica la  Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/09/pdfs/BOE-A-2021-5579.pdf

Y la  Resolución de 7 de abril de 2021, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan actividades formativas descentralizadas del subprograma desempeño en Entidades Locales para el primer semestre de 2021.

https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/09/pdfs/BOE-A-2021-5629.pdf

En el boja del 8 de abril el  Decreto del Presidente 12/2021, de 8 de abril, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto 9/2021, de 18 de marzo, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/529/BOJA21-529-00006-6036-01_00189927.pdf

La  Orden de 8 de abril de 2021, por la que se modifica la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19, y la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/529/BOJA21-529-00004-6024-01_00189915.pdf

La Orden de 8 de abril de 2021, por la que se actualizan las medidas sanitarias y preventivas de salud pública en los centros sociosanitarios, otros centros y servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/529/BOJA21-529-00014-6025-01_00189916.pdf

Y la Resolución de 8 de abril de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Sevilla, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública, para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/529/BOJA21-529-00006-6028-01_00189919.pdf

 

Saludos,

Antonio Manuel Mesa Cruz

Presidente COSITAL Sevilla

La Profesión

COMUNICADO CONSEJO GENERAL COSITAL

abril 9, 2021

 

Habiendo tenido conocimiento que, el día 8 de abril de 2021 se ha publicado en el núm. 167 del Boletín Oficial de Las Cortes Generales del Senado, “Proposición de Ley de medidas urgentes para la consolidación de los funcionarios interinos de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, en cumplimiento de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio”, que entre otros aspectos recoge lo siguiente:

 

Ante la falta de Habilitados/as Nacionales, la Administración Pública ha puesto en marcha un programa de captación del talento en el empleo público, programa que, a nuestro juicio, resulta innecesario pues ya tiene en ese colectivo el talento que buscan pues, no en vano, durante tantos años vienen demostrando su capacidad para la gestión diaria de sus respectivas entidades locales. Son miles los/as Habilitados/as Nacionales Interinos/as que cuentan con la preparación, formación, experiencia y capacidad que los nuevos tiempos demandan.

 

… Para dar una solución factible al problema estructural de la alta tasa de interinidad en el colectivo de Habilitados Nacionales y cumplir con los objetivos establecidos por la Unión Europea, conjugando los intereses de las distintas Administraciones Públicas implicadas con la de los miles de Habilitados/as Nacionales Interinos/as se insta al Gobierno a dar nueva redacción al apartado 1 del artículo 61 y a los apartados 1 y 2 de la Disposición transitoria cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público, en el siguiente sentido:

 

“Artículo 61. Sistemas selectivos.

 

1. Los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna, para los procesos de consolidación recogidos en la Disposición transitoria cuarta y de las medidas de discriminación positiva previstas en este Estatuto».

 

«Disposición transitoria cuarta. Consolidación de empleo temporal.

 

1. Las Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, incluida la Escala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, en todas sus subescalas, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente durante tres o más años.

 

2. Los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y podrán sustanciarse en turnos diferenciados de acceso para quienes acrediten un mínimo de cinco años de antigüedad en la administración convocante cuando exista un porcentaje de interinidad relevante y cuya selección se realizará mediante el concurso de méritos al que se refiere el artículo 61.6 de la presente Ley».

 

EMITIMOS EL SIGUIENTE COMUNICADO:

 

PRIMERO.- El Consejo General no ha sido conocedor de la propuesta transcrita hasta la fecha de su publicación en el Boletín del Senado en el día de ayer, ni ningún grupo firmante de la misma se ha puesto en contacto con el Consejo para conocer nuestra opinión o para plantear soluciones alternativas a la problemática existente de vacantes en los puestos de habilitados.

 

SEGUNDO.- Desde el Consejo General rechazamos cualquier procedimiento de consolidación de funcionarios interinos, que no se materialice en un proceso selectivo recogido actualmente en la normativa de régimen local, y en particular conforme a lo previsto en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, respetando en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

 

TERCERO.- Que como consecuencia de la publicación de la propuesta de Ley, se han iniciado trámites para solicitar reuniones con los diferentes Grupos Políticos del Senado y del Parlamento, así como con el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, para mostrar nuestro rechazo a la misma, así como para ponernos a disposición del Ministerio para el estudio y presentación de propuestas encaminadas a solventar la problemática actual de carencia de habilitados nacionales, aspecto éste sobre el que se lleva trabajando desde hace tiempo.

 

 

COMISIÓN EJECUTIVA DEL CONSEJO GENERAL DE COSITAL

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