El recurso especial en materia de contratación, regulado en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP tiene por objeto, entre otros supuestos, atacar el acuerdo de adjudicación adoptado por el órgano de contratación.
A continuación voy a explicar un supuesto en el que un licitador A, recurre la adjudicación efectuada en beneficio de un licitador B, por diversos motivos, que ahora no son relevantes.
Si es relevante destacar, sin embargo, que el licitador A venía prestando los servicios objeto de esta nueva contratación en virtud de un contrato anterior, cuyo término había expirado, por lo que el órgano de contratación le había impuesto a este licitador A, una prórroga forzosa en tanto no se resolviera el nuevo procedimiento de licitación, que fue objeto de este recurso especial.
Sin Comentarios