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Contratos

Contratos, Formación

SEIS NUEVOS ANÁLISIS DE LA NUEVA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. (BLOG CONTRATO DE OBRAS)

noviembre 7, 2017
Contratos, GENERAL

10 novedades que te interesa conocer sobre la nueva Ley de Contratos del Sector Público (Blog de CEF www.civil-mercantil.com)

octubre 27, 2017

La corrupción y el fraude se encuentran recurrentemente entre los principales problemas que existen en España, según las encuestas del CIS, siendo las contrataciones con el sector público una fuente inagotable de titulares sobre irregularidades de todo tipo.

Con el objetivo de dotar de mayor transparencia este tipo de contrataciones, incrementar los controles sobre la corrupción y la morosidad y garantizar la libre concurrencia, el Congreso acaba de aprobar la nueva Ley de Contratos del Sector Público, trasponiendo de esta manera al ordenamiento jurídico español las directivas europeas sobre contratación con el sector público.

Son muchas las novedades de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, pero entre las más destacadas podemos encontrar las siguientes:

  1. Se suprime la posibilidad de contratación sin publicidad.
  2. División en lotes de los contratos susceptibles de fraccionamiento.
  3. Relación calidad-precio.
  4. Consultas preliminares con expertos o con el propio mercado.
  5. Control de la morosidad.
  6. Factura electrónica obligatoria.
  7. Pago directo a los subcontratistas.
  8. Cláusulas sociales y medioambientales.
  9. Inserción laboral.
  10. Indemnizaciones por expectativas de mercado no cumplidas.

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Administración Electrónica, Contratos

La nueva Ley de Contratos del Sector Público: una ventana de oportunidad para recuperar el liderazgo institucional público con y desde la contratación pública

octubre 24, 2017

El texto aprobado (con un título excesivamente extenso al citar a las Directivas que se transponen) toma como punto de partida el vigente TRLCSP de 2011 (como consecuencia de esta decisión hay un “arrastre” de preceptos de la Ley derogada).

Jose María Gimeno Feliu,  

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza en Observatorio de Contratación Pública

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Contratos, GENERAL

Aprobada la Ley de Contratos del Sector Público 2017 (El Consultor)

octubre 23, 2017

María José Hierro.-Tras más de año y medio de demora y con tramitación de urgencia, el Congreso de los Diputados ha aprobado el jueves 19 de octubre la nueva Ley de Contratos del Sector Público. Esta norma, cuyo objeto primordial es la trasposición de las Directivas europeas sobre contratación pública, debió haber sido incorporada al ordenamiento español el 18 de octubre de 2016. Sin embargo, dado que el Gobierno estuvo en funciones durante diez meses, concretamente entre el 21 de diciembre de 2015 y el 30 de octubre de 2016, el anteproyecto de ley estuvo paralizado durante ese periodo puesto que no es posible que estando el Gobierno en funciones pueda presentar proyectos de ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado. Finalmente, a pesar del incumplimiento del plazo de trasposición y de las acciones legales que la Comisión Europea emprendió contra España (y 20 países más), la nueva Ley de Contratos es ya una realidad que ha logrado un amplio consenso político a su paso por el Congreso, pues de las 1.081 enmiendas presentadas por los partidos políticos, una gran mayoría (975) han sido incorporadas, que tan solo se ha visto un tanto agrietado con el rechazo de las tres enmiendas remitidas por el Senado.

Esta Ley que hoy se ha aprobado tiene como objetivo fundamental implementar en España una contratación pública basada en una serie de principios como son la integridad, la transparencia, la igualdad y la competencia, por lo que ha introducido novedades dirigidas a la consecución de todos ellos y ha eliminado preceptos que atentaban claramente contra los principios mencionados. En este sentido, se introduce como novedad significativa la supresión del procedimiento negociado sin publicidad por razón de cuantía, que se estaba utilizando hasta ahora de forma desproporcionada y sin motivación, lo que ha dado pie a que en los últimos años haya sido objeto de críticas, por lo que con la eliminación del mismo se evita el riesgo de generar desigualdades entre licitadores. Respecto al procedimiento negociado sin publicidad, a partir de ahora se usará de forma excepcional en los supuestos tasados de la LCSP 2017.

Además, se crean nuevos procedimientos con publicidad: el abierto simplificado, que se perfila como el procedimiento «estrella» en la nueva ley de contratos pues nace con el objetivo de ser ágil en su tramitación, sencillo en la preparación, tanto para los licitadores como para la Administración y rápido en su resolución; el de licitación con negociación, limitado a determinados supuestos tasados en la Ley y siempre previa informe de necesidad debidamente motivado y el de asociación para la innovación, que parte de la necesidad de productos que no existen o que de existir, no son suficientemente buenos, por lo que tiene como base encontrar soluciones innovadoras.

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Contratos

Nulidad o resolución contractual como remedios en el incumplimiento de deberes de información en compra de productos financieros. (Grupo de Contratos del Sector Público – Gómez – Acebo & Pombo Abogados SLP – Nº 90)

octubre 17, 2017

En el inabarcable contexto normativo y jurisprudencial relativo al incumplimiento de deberes de información en la adquisición de instrumentos financieros, los tribunales a veces se manejan con indiferencia entre las categorías de la nulidad, el resarcimiento y la resolución. Ocasionalmente, como en el presente caso, se quiere establecer una jerarquización de remedios y se afirma, sin fundamento, que la resolución por incumplimiento no es un remedio adecuado.

Me refiero a la Sentencia del Tribunal Supremo de 13 de septiembre del 2017. El cliente adquiere de Bankinter bonos preferentes del banco finlandés Landbansky, con el resultado de todos conocido. El cliente ejerce las acciones de nulidad y subsidiaria…

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Administración Electrónica, Contratos

La implantación de la contratación electrónica: una realidad posible más allá de la presentación electrónica de ofertas. (Jesús Poderoso Godoy en Observatorio de Contratación Pública)

octubre 17, 2017

La implantación de la contratación electrónica es un proyecto complejo que va más allá de la mera presentación electrónica de ofertas y que ofrece la oportunidad de una rápida implantación de la Administración Electrónica en este ámbito de la actuación administrativa que sirva, además, de motor para ese proceso de cambio en el conjunto de la actividad administrativa. Este proyecto es por tanto oportuno, necesario y posible.

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Contratos

Incompetencia del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales para enjuiciar las concesiones de servicio de transporte de viajeros por carretera (Gomez Acebo-Pombo)

octubre 2, 2017

Número 89 del Grupo de Contratos del Sector Público, con una Resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.

En una interesante resolución derivada de la impugnación del pliego de condiciones del expediente de contratación “contrato de gestión de servicio público de transporte regular de uso general de viajeros por carretera” por adjudicación directa, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha concluido que aun cuando la actuación administrativa impugnada es susceptible de enjuiciamiento ex artículo 40.2, a) del TRLCSP, el Tribunal carece de competencia y ello porque se está ante una concesión de servicios que no se sujeta a la Directiva 2014/24/UE.

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Contratos

Algunas propuestas de mejora para el PLCSP

septiembre 19, 2017

(José Manuel Martínez Fernández, Vicesecretario General del Ayuntamiento de Valladolid en Observatorio de Contratación Pública)

El paso del proyecto de nueva Ley de Contratos del sector público por el Senado puede contribuir a precisar algunas cuestiones, especialmente en materia de prevención de la corrupción y fomentar la participación en la contratación pública de las pymes.

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Contratos

Fraude de ley por la contratación menor en el curso de un Recurso Especial en materia de contratación administrativa

agosto 31, 2017
Artículo publicado en el Observatorio de Contratación Pública por D. Diego Estévez García.

El recurso especial en materia de contratación, regulado en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP tiene por objeto, entre otros supuestos, atacar el acuerdo de adjudicación adoptado por el órgano de contratación.

A continuación voy a explicar un supuesto en el que un licitador A, recurre la adjudicación efectuada en beneficio de un licitador B, por diversos motivos, que ahora no son relevantes.

Si es relevante destacar, sin embargo, que el licitador A venía prestando los servicios objeto de esta nueva contratación en virtud de un contrato anterior, cuyo término había expirado, por lo que el órgano de contratación le había impuesto a este licitador A, una prórroga forzosa en tanto no se resolviera el nuevo procedimiento de licitación, que fue objeto de este recurso especial.

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